Concierto de Actividades

1. EVALUACIÓN DE RIESGOS

Para la elaboración de la misma se realizarán una serie de visitas a los centros de trabajo de la empresa, para valorar el cumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales en dos aspectos diferenciados:

  1. Evaluación de Riesgos de las Instalaciones de la empresa, incluyendo en este término los lugares y equipos de trabajo empleados por los trabajadores.
    Para realizarla, se recabará toda la información técnica posible referente a los recintos de trabajo, instalaciones de energía y acondicionamiento, maquinaria, equipos auxiliares, etc., y se procederá a inspeccionarlos y a evaluar los riesgos que generan.
  2. Evaluación de Riesgos por Puesto de Trabajo, referente a los riesgos derivados de los métodos de trabajo empleados por parte de los trabajadores de la empresa.

Para ello, se determinarán en primer lugar los puestos de trabajo diferenciados que existen en la empresa, y las tareas asociadas a cada uno de ellos. En base a la observación de los métodos de trabajo y a las consultas y entrevistas realizadas a los trabajadores, se evaluarán los riesgos existentes en cada uno de esos puestos de trabajo.

Esta evaluación inicial de riesgos se efectuará mediante la utilización de criterios objetivos, contando en todo momento con la participación de los trabajadores, mandos y delegados de prevención, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

2. MEDICIONES DE CONDICIONES AMBIENTALES

La evaluación de los riesgos higiénicos y/o ergonómicos deberá ser completada, en algunos casos, con la realización de un estudio sobre presencia de contaminantes o condiciones ambientales de trabajo. Previsonor realizaría estas mediciones, mediante métodos estándar universalmente aceptados.

3. PLANIFICACIÓN DE EMERGENCIAS

Previsonor realizará un Plan de Emergencia adaptado a las necesidades de la empresa, en el que se estableciesen las acciones a llevar a cabo en caso de presentarse una situación de emergencia en la misma, según lo establecido en el Artículo 20 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

Para ello, se estudiarán en profundidad todas las instalaciones, equipos y procesos con posibilidad de generar situaciones de emergencia, así como los medios de protección existentes. En función de esto, se definirán las situaciones de emergencia más probables que se podrían presentar, y se establecerán las acciones que cada una de las personas debe acometer en caso de presentarse una situación de este tipo.

4. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

Para realizar la investigación de un accidente Previsonor llevará a cabo los siguientes pasos:

  1. Visita al lugar del accidente
  2. Entrevista con testigos y responsables de la empresa
  3. Entrevista con el/los trabajadores implicados en el accidente
  4. Redacción del Informe de Investigación del Accidente determinando las causas básicas del accidente y las correctoras adecuadas para que no se vuelvan a producir.

5. ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA JURÍDICA

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Previsonor cuenta con un departamento jurídico altamente especializado en materia de prevención de riesgos laborales.
Este servicio incluye:

  1. Recursos ante requerimientos de la Autoridad Laboral
  2. Gestión y tramitación de expedientes sancionadores: recursos administrativos pertinentes
  3. Defensa jurídica en procedimientos judiciales

6. REALIZACIÓN DE INSPECCIONES DE SEGURIDAD

El personal técnico de Previsonor realizará inspecciones periódicas a los lugares de trabajo de la empresa con el fin de emitir un Informe de Seguridad que refleje las deficiencias detectadas en materia preventiva y el grado de cumplimiento de la Planificación de la Actividad Preventiva.

7. INFORMES DE ADECUACION DE MAQUINARIA

De acuerdo con lo establecido en el R.D 1435/1992, R.D 56/1995 y RD 1215/97 sobre disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud de los equipos de trabajo, así como los requisitos de certificación CE, es obligatorio:

  • Revisar la máquina tras su instalación (inicial o no)
  • Periódicamente, en función de las posibles influencias susceptibles de ocasionar deterioras en el equipo, de las situaciones de peligro potenciales y de las recomendaciones del fabricante.
  • Tras una parada prolongada
  • Tras alguna transformación, accidente, fenómeno natural falta prolongada de uso que puedan tener consecuencias perjudiciales para la seguridad.

Previsonor elaborará, previo análisis in situ del equipo de trabajo, un Informe de No Conformidades y posteriormente tras la subsanación de las mismas si las hubiere, se emitirá el Certificado de Cumplimiento con el R.D. 1215/1997.

8. PLANES DE SEGURIDAD Y SALUD

OBLIGATORIO para: empresas constructoras que ejecuten obras, bien como contratista principal único, bien como múltiples contratistas, cada uno de ellos contratado por el Promotor.

OBJETO: en todos los casos, y atendiendo a los requerimientos contemplados en el R.D. 1.627/97, la empresa necesita elaborar un Plan de Seguridad y Salud que analice la ejecución de la obra desde el punto de vista preventivo y desarrolle y complemente las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función del propio sistema de ejecución de la obra.

9. COORDINACIONES DE SEGURIDAD EN OBRAS DE CONSTRUCCION

OBLIGATORIO para: Empresas promotoras de obras.

OBJETO: designar o hacer que se designe un Coordinador de Seguridad y Salud, según exige el R.D. 1.627/97, bien en la fase de proyecto, bien en la fase de ejecución de obra, dependiendo de las necesidades de la misma en cada estadio temporal. Sus funciones, recogidas en el artículo 7 del R.D. 1.627/97, tienen como objetivo hacer cumplir los contenidos del Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista.

10. COORDINACION DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS

El artículo 24 de la ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales sobre Coordinación de Actividades Empresariales establece el deber de cooperación en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen sus actividades trabajadores de dos o más empresas.

A tal fin, se establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la prevención y protección de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores.

Previsonor como entidad acreditada podrá ejercer como coordinador de la empresa principal llevando a cabo:

  • La información necesaria en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y las medidas de prevención y protección correspondientes.
  • La información sobre las medidas de emergencia a aplicar.
  • El control de que las empresas contratadas o subcontratadas cumplan con la normativa de prevención de riesgos laborales.

11. RECURSO PREVENTIVO

Previsonor podrá ejercer como Recurso Preventivo siempre que el empresario demande este servicio atendiendo a lo establecido en el artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos:

  • Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que haga preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo.
  • Cuando se realicen actividades o procesos considerados como peligrosos o con riesgos especiales.
  • Cuando lo requiera la Autoridad Laboral.
  • En las obras de construcción, la presencia de Recurso Preventivo se aplicará a cada contratista.

Se considera Recursos Preventivos:

  • Uno o varios trabajadores designados de la empresa.
  • Uno o varios miembros del Servicio de Prevención propio de la empresa.
  • Uno o varios miembros de los Servicios de Prevención Ajenos concertados por la empresa.